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Decreto Supremo 594: condiciones laborales que debes cumplir en Chile

El Decreto Supremo 594 del MINSAL es la norma chilena más amplia sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Si tienes una empresa, una pyme o contratas aunque sea a un trabajador, te aplica. Su incumplimiento es la causa más frecuente de sumarios de la SEREMI de Salud en Chile.

¿Qué es el DS 594?

El DS 594/1999 (con modificaciones) aprueba el Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas en los Lugares de Trabajo. Complemento operativo de la Ley 16.744. Desarrolla:

  • Condiciones generales de construcción y sanitarias.
  • Provisión de agua potable y servicios higiénicos.
  • Disposición de residuos industriales.
  • Condiciones ambientales: iluminación, ventilación, ruido, vibraciones, temperatura.
  • Contaminantes químicos y biológicos.
  • EPP y obligaciones del empleador.

Fiscalizan SEREMI de Salud, Dirección del Trabajo y mutualidades (ACHS, IST, Mutual de Seguridad).

Obligaciones generales del empleador

  • Mantener lugar limpio y ordenado.
  • Proveer agua potable suficiente.
  • Baños, vestidores y comedores según dotación.
  • Controlar contaminantes químicos, físicos y biológicos.
  • EPP gratuito, adecuado y certificado.
  • Señalización de seguridad visible.
  • Plan de emergencia y vías de evacuación.

Servicios higiénicos: cuántos baños necesitas

Trabajadores WC Lavamanos Duchas
1-10 1 1 1
11-20 2 2 2
21-30 2 2 3
31-40 3 3 4
41-50 3 3 5
51-60 4 3 6

Duchas obligatorias en faenas eléctricas, construcción, mecánica o expuestas a polvo/sustancias.

Iluminación mínima (lux)

  • Bodegas, pasillos: 150 lux
  • Oficina común: 300 lux
  • Precisión moderada (taller, control calidad): 500 lux
  • Alta precisión (electrónica, dibujo técnico): 1.000 lux
  • Muy alta precisión (microelectrónica): 1.500+ lux

Ruido

Límite máximo permisible 85 dB(A) para jornada 8 horas. Sobre eso, protección auditiva obligatoria. A 100 dB(A) máx 15 min/día.

EPP obligatorio (Artículo 53)

Empleador entrega gratuitamente:

  • Casco Clase E o G según riesgo eléctrico.
  • Lentes con resistencia al impacto.
  • Guantes según tarea.
  • Protección auditiva si ruido >85 dB.
  • Calzado de seguridad con puntera.
  • Ropa de trabajo apropiada (FR si riesgo eléctrico).
  • Arnés + línea de vida si trabajo en altura >1.8 m.

Mantener registro de entrega de EPP firmado por cada trabajador, con fecha y descripción.

Comedores y descanso

Si trabajadores almuerzan en lugar de trabajo, debe haber comedor habilitado: mesas, sillas, lavaplatos, microondas, aislado de producción.

Fiscalización y multas

SEREMI puede fiscalizar sin aviso. Multas desde 0,1 UTM hasta 1.000 UTM por infracción (~$66M CLP). Posible clausura si pone en riesgo salud.

Temas más sumariados: baños insuficientes, falta registro EPP, iluminación, plan emergencia, ruido sin protección.

Checklist práctico para pyme

  • ✓ Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad actualizado.
  • ✓ Comité Paritario si >25 trabajadores.
  • ✓ Matriz de riesgos por puesto.
  • ✓ Registro entrega EPP firmado.
  • ✓ Mediciones iluminación/ruido/temperatura.
  • ✓ Plan emergencia con simulacros.
  • ✓ Baños/duchas según dotación.
  • ✓ Señalización evacuación.

Preguntas frecuentes

¿Aplica a empresa con 1 trabajador?

Sí. Desde el primer trabajador contratado.

¿Quién paga el EPP?

El empleador, siempre. La ley prohíbe descontarlo del sueldo.

¿Practicantes y subcontratistas también?

Sí. Cualquier persona ejecutando tareas en la empresa.

¿Cuánto demora una fiscalización SEREMI?

2-4 horas típicas. Si hay infracciones, dan plazo para subsanar antes de multa.

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